miércoles, 11 de febrero de 2009

Fallo judicial prohíbe a inhabilitados inscribirse en contiendas electorales

Autor: Daniel Valero

Miércoles, 11 de Febrero de 2009 15:45

El Juzgado Cuarto Administrativo de Bogotá profirió un fallo con el que se prohíbe a los partidos políticos inscribir a contiendas electorales a candidatos que estén inhabilitados, luego de sentenciar una acción popular que también obliga a las colectividades a devolver el dinero obtenido por reposición de votos, ya que la providencia decretó la ilegalidad de elección de 5 alcaldes, 12 concejales y 3 integrantes de juntas administrativas locales.

El pronunciamiento judicial precisa que las 19 plazas que fueron decretadas ilegales deben ser ocupadas por el segundo en la lista de mayor votación obtenida, lo cual deja sin piso jurídico la norma que indicaba que ese tipo de casos deben resueltos por la colectividad política que obtuvo el cargo de elección popular.

Los alcances del fallo de Mario Valderrama, juez Cuarto Administrativo de Bogotá, llegan hasta las próximas elecciones congresionales y presidenciales, en la medida en que las personas que sean catalogadas como inhabilitados por los organismo de control ya no podrán inscribirse en ninguna contienda electoral.

Los partidos políticos acostumbraban a inscribir candidatos inhabilitados por la Procuraduría, argumentando que todo ciudadano tiene derecho a participar de un proceso electoral.

Entre los afectados con la medida del Juez Cuarto Administrativo de Bogotá están los alcaldes de Maicao, Guajira; San Jerónimo y Antioquia, Antioquia; entre otros.
Tomado de "CMI La Noticia"